Un curador ad litem (“GAL” por sus siglas en inglés: “Guardian ad litem”) es una persona que el tribunal
puede designar para investigar imparcialmente los hechos del caso y hacer un informe y recomendación
al Tribunal sobre si se debe nombrar un fiduciario y si el fiduciario propuesto es la persona adecuada
para servir. A diferencia de la AAL (Abogado Ad Litem), el GAL (Tutor Ad Litem) no defiende ni ayuda en
la solicitud de alivio o reparación en nombre de la persona con discapacidades. El tutor ad litem sirve
como agente del tribunal, y no es un defensor del demandado ni de ninguna otra parte.