Si la curatela ya está establecida, el curador es quien protege los derechos de la persona con
discapacidades. Si la persona con discapacidad está impugnando la tutela, se designará un abogado ad
litem (“AAL”) para representar a la persona con discapacidad a solicitud de esta, recomendación del
tutor ad litem, o si el Tribunal lo considera necesario para proteger los derechos de la persona con
discapacidad.